NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2023 Y 2022

(Importes en pesos)

 

Notas de Desglose

 

     I.        Notas al Estado de Situación Financiera

 

 

Activo

 

          Activo Circulante

 

1)     Efectivo y Equivalentes:

 

Al 31 de diciembre de 2023 y 2022, el rubro de disponibilidades se integra como sigue:

                                                                                                                                                         

CONCEPTO

 

 

2023

 

2022

Bancos

 

 

$                    1

 

$                         1

 

 

Tesorería de la Federación (TESOFE) (*)

 

 

358,618,134          

 

          

 

121,419,496          

 

                                                      TOTAL NOTA 1

 

 

$358,618,135    

 

$     121,419,497    

 

* Corresponde a los Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores (ADEFAS), pendientes de pago por la TESOFE al 31 de diciembre de 2023 y 2022, respectivamente.

 

 

2)    Derechos a recibir efectivo o equivalentes y Bienes o Servicios:

 

Deudores diversos:

 

Al 31 de diciembre de 2023 y 2022, esta cuenta se integra como sigue:

 

CONCEPTO

 

2023

 

2022

Gastos pendientes de comprobar (viáticos)

 

$223,766           

 

$245,208           

Gastos a comprobar (viáticos), de años anteriores

 

559,973

 

754,541

Pagos especiales, de años anteriores

 

20,549

 

20,549

Deudores Comprobación de Años Anteriores

 

0

 

0

TOTAL NOTA 2

 

$            804,288  

 

$          1,020,298  

 

3)    Almacenes:

 

Al 31 de diciembre de 2023 y 2022, este rubro se integra como sigue:

 

 

CONCEPTO

 

2023

 

2022

 

Unidades administrativas regionales

 

$         25,350,411         

 

$         25,506,812         

 

Almacén central

 

 3,943,029   

 

 3,612,324   

                                                   TOTAL NOTA 3

 

 

$         29,293,440        

 

 $         29,119,136         

 

 

Los bienes que se encuentran en el almacén son principalmente consumibles utilizados para la operación del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

 

 

4)   Otros Activos Circulantes

 

Sin movimiento

 

 

5)    Activo No Circulante

 

                        Bienes Muebles, inmuebles e intangibles:

 

Al 31 de diciembre de 2023 y 2022, los bienes muebles, inmuebles e intangibles se integran como sigue:

                                                                                                                                      

CONCEPTO

 

 

2023

 

2022

Edificios e instalaciones

 

$ 8,753,471,936

 

$ 9,386,886,209

Equipo de transporte terrestre

 

145,773,012

 

167,381,234

Mobiliario y equipo

 

1,045,884,644

 

1,033,712,810

Armamento

 

320,775,819

 

320,775,819

Maquinaria, herramientas y aparatos

 

108,753,808

 

101,501,985

Especies menores, Piscícolas y de zoológico

 

995,860

 

995,860

Terrenos

 

2,258,550

 

1,549,478

Software

 

2,221,950,377

 

2,221,950,377

Colecciones científicas, artísticas y literarias

 

144,306

 

144,306

                                                   TOTAL NOTA 5

 

$12,600,008,312

 

$ 13,234,898,078

                                                                                                                                                             

Al 31 de diciembre de 2023, el rubro de Edificios e Instalaciones del SAT se decrementó en $633,414,273, debido a la baja de un inmueble con valor de $12,766,820, ubicado en Boulevard Bahía No. 230, entre Independencia y Juárez, Col. Centro, C.P.77000, Municipio de Othón de Pompeyo Blanco, Chetumal, Quintana Roo, en razón de haberse acreditado como propiedad del Estado de Quintana Roo; asimismo, por el traspaso de 2 inmuebles al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN) por un total de $948,073,752, que se encuentran ubicados en Av. Paseo de la Reforma con números 211 y 213, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06500; adicionalmente, por el decremento en el valor de 10 inmuebles por un total de $146,295,321 y al incremento por $473,721,620 de 49 inmuebles, resultado de la realización de avalúos paramétricos. La cuenta de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, presentó una disminución de $21,608,222, derivado de la transferencia de bienes a la Agencia Nacional de Aduanas (ANAM). En el rubro de Mobiliario y Equipo se registraron incrementos por $12,171,834, obtenidos de un total de altas no presupuestales de bienes que entraron al SAT por $2,225,282, menos las bajas no presupuestales por un valor de $915,386, por causas de inutilidad y siniestro, así como por el alta derivada de la transferencia de bienes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) al SAT por $519,281 y, por las adquisiciones presupuestales por un valor de $10,342,657. El rubro de Maquinaria, Herramientas y Aparatos presentó un incremento de $7,251,823, obtenido de un total de altas no presupuestales de bienes por un valor de $7,492,401, menos las bajas de bienes no presupuestales por inutilidad de $167,458, y a las bajas por transferencia a la ANAM por $73,120. La cuenta de Terrenos registró un incremento por $709,072 resultado del avalúo paramétrico emitido por el INDAABIN. Las cuentas de Colecciones Científicas, Artísticas y Literarias, Armamento, Especies Menores, Software y Obras en Proceso, no presentaron movimientos durante el ejercicio 2023.

 

 

Pasivo

 

            Pasivo Circulante

 

6)   Cuentas y Documentos por pagar:

 

Al 31 de diciembre de 2023 y 2022, este rubro se integra como sigue:

 

 

CONCEPTO

 

      2023

 

      2022

Acreedores diversos y otros

 

$ 116,837,485

 

$ 118,700,809

Impuestos y Derechos por Pagar

 

241,764,511

 

2,440,476

Sueldos y salarios por pagar

 

                                 0

 

0                     

Descuentos y Percepciones a Favor de Terceros

 

16,138

 

278,211

Entidades y Dependencias Acreedoras

 

                                  1

 

1                              

                                                 TOTAL NOTA 6

 

       $358,618,135

 

$121,419.497

 

 

 

    II.        Notas al Estado de Actividades

 

 

7)    Ingresos y Otros Beneficios:

 

Al 31 de diciembre de 2023 y 2022, los ingresos son los siguientes:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ingresos:

CONCEPTO

 

 

2023

 

2022

Asignación de recursos del Gobierno Federal:

 

 

 

 

Transferencias y CLC's de servicios personales

 

$ 11,168,819,923

 

$ 10,602,659,066

Cuentas por liquidar certificadas fondo rotatorio

 

129,202,286

 

138,678,906

Cuentas por liquidar certificadas impuestos de ley

 

89,567,284

 

78,893,370

Cuentas por liquidar certificadas gasto corriente

 

793,342,417

 

1,385,970,591

Cuentas por liquidar certificadas gasto de inversión

 

-

 

-

Subtotal

 

$12,180,931,910

 

$12,206,201,933

 

ADEFAS pendientes de recibir

 

358,618,134

 

121,419,496

 

 

 

$12,539,550,044

 

$12,327,621,429

                                                                                                                                                            

Otros Ingresos:

                                                                                                                                           

CONCEPTO

 

 

2023

 

2022

 

Consumo de almacenes de años anteriores

 

$           13,989,373

 

$           8,299,707

Comprobación de gasto de ejercicios anteriores

 

582,741           

 

              2,302,153           

 

 

$14,572,114

 

$10,601,860

 

                  

8)   Gastos y Otras Pérdidas:

 

Al 31 de diciembre de 2023 y 2022, los gastos se integran como sigue:

 

CONCEPTO

 

2023

 

2022

Servicios personales

 

$10,638,957,424

 

$10,053,348,090

Materiales y suministros

 

54,197,413

 

134,877,730

Servicios generales

 

1,681,112,270

 

1,904,678,645

Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

 

165,467,608

 

229,909,229

 

 

$  12,539,734,715

 

$  12,322,813,694

Gastos de Inversión Pública no Capitalizable

0

0

 

 

 

 $ 12,539,734,715

 

$ 12,322,813,694

 

 

 

  III.        Notas al Estado de Variación en la Hacienda Pública

 

 

9)   Patrimonio

 

Al 31 de diciembre de 2023 y 2022, el Patrimonio se integra como sigue:

                                                                                                                                          

CONCEPTO

 

2023

 

2022

Patrimonio al inicio del ejercicio

 

$12,912,153,690

 

$17,126,196,881

Resultado de ejercicios anteriores

 

352,883,822

 

337,079,122

Rectificación a resultados a)

 

142,965

 

395,105

(Decremento)/Incremento al Patrimonio b)

 

(645,232,423)

 

(4,203,441,331)

Decremento al Patrimonio c)

 

(14,572,114)

 

(10,601,860)

Aportaciones del Gobierno Federal d)

 

10,342,657

 

0

Resultado del ejercicio e)

 

14,387,443

 

15,409,595

 

 

$12,630,106,040

 

$ 13,265,037,512

                                                                                                                                                          

a)    Rectificación a resultados

 

Al 31 de diciembre de 2023, el saldo de esta cuenta se presenta en $142,965 y al 31 de diciembre de 2022 en $395,105, los cuales corresponden, a Observaciones de Glosa realizadas a los informes de comisión de ejercicios anteriores.

 

 

b)   Decremento/Incremento en el patrimonio

 

Al 31 de diciembre de 2023 el saldo de ($645,232,423) se integra por las cuentas de Variación en el Patrimonio que es el efecto neto de los incrementos, decrementos a los Activos Fijos y la variación complementaria patrimonial por ($644,506,200), así como a la Variación en Venta de Activos Fijos por ($726,223) que se obtiene de la suma de los saldos de las cuentas de Recuperación de Bienes Inventariables del año en curso y Pérdidas Diversas en Activos Fijos del SAT.

 

Al 31 de diciembre de 2022 el saldo de ($4,203,441,331) se integra por las cuentas de Variación en el Patrimonio que es el efecto neto de los incrementos, decrementos, pérdidas diversas distintas a los Activos Fijos y la variación complementaria patrimonial por ($4,184,006,335), así como a la Variación en Venta de Activos Fijos por ($19,434,996) que se obtiene de la suma de los saldos de las cuentas de Recuperación de Bienes Inventariables del año en curso y Pérdidas Diversas en Activos Fijos del SAT.

 

 

c)    Decrementos en el patrimonio

 

El saldo de este concepto se integra de la siguiente manera:

 

 

 

 

CONCEPTO

 

2023

 

2022

Consumo de existencias en almacenes de años anteriores

 

$ (13,989,373)

 

$ (8,299,707)

Comprobación de viáticos de ejercicios anteriores

 

(582,741)

 

   (2,302,153)

 

 

$ (14,572,114)

 

$ (10,601,860)

 

 

d)   Aportaciones del gobierno federal

 

Al 31 de diciembre de 2023, se recibieron aportaciones del Gobierno Federal por $10,342,657 de los cuales $882,086 corresponden al Programa de Inversión de adquisiciones de Mobiliario y Equipo para la “Campaña de Declaración Anual 2023”, así como al reemplazo de mobiliario que dejó de ser útil para el SAT, como parte de la preservación de la imagen institucional en diferentes Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente; y $9,460,571 fueron aportados para la adquisición de aires acondicionados de acuerdo con el “Programa de reemplazo de equipos de aire acondicionado para las unidades administrativas del SAT”.

 

Al 31 de diciembre de 2022, no se recibieron aportaciones del Gobierno Federal para la adquisición de inversión.

 

 

e)   Resultado del ejercicio SAT

 

Al 31 de diciembre de 2023 y 31 de diciembre de 2022, los resultados del ejercicio se presentaron en $14,387,443 y $15,409,595, respectivamente; mostrando un decremento del 6.6% al comparar el ejercicio 2023 con el ejercicio 2022.

 

 

  IV.        Notas al Estado de Flujos de Efectivo

 

Al 31 de diciembre de 2023 y al 31 de diciembre de 2022, el Estado de Flujo de Efectivo en la cuenta de efectivo y equivalentes se presenta así:

 

 

10) Efectivo y Equivalentes:

                                                                                                                                          

CONCEPTO

 

 

2023

 

2022

Bancos

 

 

$                      1

 

$                      1

Tesorería de la Federación (TESOFE) (*)

 

 

358,618,134          

 

121,419,496          

 

 

 

$  358,618,135    

 

$     121,419,497

 

* Corresponde a ADEFAS, pendientes de pago por la TESOFE al 31 de diciembre de 2023.

 

           V.         
Conciliación entre los Ingresos Presupuestarios y Contables, así como entre los Egresos Presupuestarios y los Gastos Contables

 

 

 


             VI.             Notas de Memoria (Cuentas de Orden)

 

 

Cuentas de Orden:

 

Al 31 de diciembre de 2023 y 2022, las cuentas de orden se integran como sigue:

                                                                                                                                           

CONCEPTO

 

2023

 

2022

Presupuesto Autorizado

 

$   19,639,892,528

 

$   23,156,147,170

Presupuesto Ejercido

 

(  17,518,884,684)

 

(  19,129,185,647)

Presupuesto Comprometido

 

(    2,121,007,844)

 

( 3,886,530,485)

Presupuesto por Ejercer

 

 (0)

 

 (   140,431,038)

Otras Cuentas de Orden

 

  7,883,265,108

 

  7,430,831,107

 

 

   $ 7,883,265,108

 

$   7,430,831,107

                                                                                                                                                           

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VII.        Notas de Gestión Administrativa

 

 

11) Introducción

 

Los Estados Financieros del SAT se utilizan para la auditoría externa designada por la Secretaría de la Función Pública y para su presentación en las Sesiones de la Junta de Gobierno del SAT.

 

 

12)  Panorama económico y financiero

 

El SAT realizó sus funciones bajo un entorno económico y financiero nacional estable, en el cual no se observaron acontecimientos significativos que influyeran de manera importante en el gasto.

 

 

13)  Autorización e historia

 

El 15 de diciembre de 1995, se publicó la LSAT, mediante la cual se creó el nuevo Órgano Administrativo Desconcentrado (OAD) como máxima autoridad fiscal. En marzo de 1996 se autorizó y registró una nueva estructura orgánica de la SHCP. En el ámbito de la Subsecretaría de Ingresos, se cambió la denominación de la Administración General de Interventoría, Desarrollo y Evaluación por Administración General de Información, Desarrollo y Evaluación, y de la Dirección General de Política de Ingresos y Asuntos Fiscales Internacionales por Dirección General de Política de Ingresos; se crearon las Direcciones Generales de Interventoría y de Asuntos Fiscales Internacionales.

 

El 1 de julio de 1997, entró en funciones el OAD denominado SAT, cuyo Reglamento Interior se publicó el 30 de junio de ese mismo año. Este Órgano sustituyó en sus funciones a la Subsecretaría de Ingresos.

 

El 30 de abril de 2001, se publicó el Decreto mediante el cual se reformó el artículo segundo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria (RISAT), que transfiere la Administración Central de Investigación de Operaciones a la SHCP.

 

El 12 de junio de 2003, se publicó el Decreto que reforma la LSAT, en el cual la Presidencia del SAT, modificó su denominación por Jefatura del SAT.

 

El 17 de junio de 2003, se reformó el RISAT, en el cual se transfirieron los recursos materiales y financieros con que contaba la Administración General del Destino de Bienes de Comercio Exterior propiedad del Fisco Federal, al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para realizar las actividades de administración, enajenación y destrucción de mercancías de procedencia extranjera que hayan pasado a propiedad del fisco federal.

 

El 6 de junio de 2005, se publicó un nuevo RISAT, para establecer en forma clara las facultades y tareas que, como Institución, le encomienda la Ley, motivo por el cual se ve modificada su estructura orgánica y mediante el cual se específica la tarea que tiene cada Administración General, para lograr así los Objetivos de la Institución.

 

El 12 de mayo de 2006, se publicó el Decreto por el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del RISAT, destacándose las modificaciones de la Administración General de Innovación y Calidad, y la creación de la Aduana de Guanajuato dentro de la estructura de la Administración General de Aduanas, con lo que se llegó a un total de 49 Aduanas en todo el país.

 

El 22 de octubre de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un nuevo Reglamento Interior de este OAD, en el cual se dio un paso fundamental en su proceso de transformación y formalizó la reestructuración de las diferentes unidades administrativas que lo conformaban en ese momento, a efecto de que las mismas trabajaran bajo un enfoque sistémico y con una visión integral de sus procesos, en beneficio de la administración tributaria de nuestro país.

 

Se presentaron los siguientes cambios en la estructura orgánica: cambia el nombre de la Administración General de Asistencia al Contribuyente al de General de Servicios al Contribuyente; al igual que la Administración General de Innovación y Calidad ahora es la General de Recursos y Servicios; y se crea la Administración General de Planeación que entre sus tareas tiene la de coordinar la formulación e implantación de las acciones relacionadas con la planeación estratégica del SAT e integrar los planes de trabajo, el programa anual de mejora continua, así como las acciones para su instrumentación; implementar las metodologías y herramientas necesarias para el análisis, evaluación, coordinación, control y seguimiento de los proyectos comprendidos dentro del plan estratégico; además de integrar los indicadores de desempeño; entre muchas tareas más. Asimismo, desaparecieron la Unidad de Plan Estratégico y Mejora Continua, la Unidad de Programas Especiales y las Administraciones Regionales de Grandes Contribuyentes.

 

El 29 de abril de 2010, se publicó un nuevo Reglamento Interior de este OAD, en el cual se agregan áreas necesarias que contribuyen a la operación de los procesos del SAT, se modifican los nombres de algunas unidades administrativas y se eliminan otras. Los cambios más representativos se encuentran en materia Aduanera para emitir los lineamientos para la integración y funcionamiento del Comité de Impuestos Internos y de Aduanas y Comercio Exterior, así como los procedimientos para el análisis y discusión de políticas operativas y administrativas en las materias de la competencia de cada uno de ellos. Además de autorizar y en su caso cancelar, la exención de los impuestos al comercio exterior por la entrada al territorio nacional de las mercancías que sean donadas para ser destinadas a fines culturales, de enseñanza, de investigación, de salud pública o de servicio social.

 

En materia Financiera podemos mencionar el establecer, de conformidad con las disposiciones, las directrices para la contratación de la Obra Pública y la Adquisición, Arrendamiento o Contratación de bienes y servicios que requiera el SAT.

 

El 9 de abril de 2012, se publicó en el DOF una reforma a la LSAT, mediante la cual se adiciona el capítulo II de la Evaluación de la Eficiencia Recaudatoria y de Fiscalización, confiriéndole al SAT la función de proporcionar información estadística en materia de recaudación y fiscalización a la Secretaría de la Función Pública (SFP) y a la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación.

 

El 13 de julio de 2012, se publicó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del RISAT, con objeto de alinear o reordenar, con base en procesos las funciones de las unidades administrativas adscritas, así como adecuar su estructura orgánica y administrativa.

 

Por otro lado, una de las modificaciones más significativas fue la de diseñar, actualizar y aplicar la Normatividad interna en materia de Recursos Humanos, Financieros y Materiales, inclusive de los Recursos de los Fideicomisos Públicos en los que el SAT sea parte. Así como adoptar e implementar conforme a las disposiciones que emita el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), las normas y procedimientos para la operación del Sistema de Contabilidad, del Presupuesto, Activos, Pasivos, Ingresos, Costos y Gastos del SAT, además de la aplicación de los Recursos de los Fideicomisos Públicos en los que dicho OAD participe, y remitir al Jefe del SAT y a la SHCP los informes y Estados Financieros correspondientes.

 

El 30 de diciembre de 2013, se reformaron y adicionaron diversas disposiciones del RISAT, con la finalidad de otorgar facultades, atribuciones y funciones a las unidades administrativas y a los Servidores Públicos de dicho OAD a fin de dar estricto cumplimiento a la “Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita”; creándose para ello la Administración Central de Asuntos Jurídicos de Actividades Vulnerables en la Administración General Jurídica; confiriéndose facultades al Administrador Central de Asuntos Jurídicos de Actividades Vulnerables para la resolución del recurso de revisión a que se refiere el artículo 61 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

 

De igual forma a los Administradores Locales Jurídicos dentro de la circunscripción territorial que a cada uno le corresponda, también se otorgan facultades a las siguientes Administraciones Generales: de Servicios al Contribuyente, de Auditoría Fiscal Federal, Jurídica, de Recaudación, de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, así como de Auditoría de Comercio Exterior; esto, con la finalidad de atender la operación relativa a la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

 

El 4 de diciembre de 2018, se publicó en el DOF una reforma a la LSAT, mediante la cual se reforman las fracciones II y IV del artículo 13 de la citada Ley; dichas reformas hacen referencia a los requisitos que deberá cumplir la persona a la que se le otorgue el nombramiento de Jefe del SAT.

 

 

 

14) Organización y Objeto Social

 

El 21 de diciembre de 2021 se publicó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del RISAT, quedando la estructura orgánica como sigue:

 

 

El 21 de diciembre de 2021, se reformó el RISAT, en el cual se estableció que, para el ejercicio de las atribuciones en materia aduanera que le otorgan las disposiciones jurídicas aplicables, el SAT contará con el auxilio de la ANAM, de conformidad con lo establecido en el Reglamento Interior de dicho OAD, derogándose la fracción II del inciso B y el inciso D, del artículo segundo que señalaba a la Administración General de Aduanas y a las Aduanas, como unidades administrativas.

 

El SAT es un OAD de la SHCP que tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público, de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras, de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario, y de generar y proporcionar la información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria.

 

Del patrimonio del SAT

 

El patrimonio del SAT entre otros, lo constituyen los bienes muebles e inmuebles a excepción de los provenientes de adjudicación o dación en pago de adeudos de contribuyentes, los derechos de propiedad y posesión de los mismos que por justo título obren en poder del SAT y los productos de cualquier clase que generen los bienes y derechos patrimoniales. Cabe mencionar que los inmuebles que integran su patrimonio tienen el carácter de bienes del dominio público de la Federación.

 

Asimismo, el patrimonio del SAT está conformado con los recursos financieros y materiales, que en su momento le transfirió la Subsecretaría de Ingresos y con los que anualmente recibe a través de la SHCP, en su carácter de coordinadora sectorial.

 

 

De la administración y vigilancia del SAT

 

El SAT está integrado por una Junta de Gobierno que constituye su órgano principal de dirección, por las Administraciones Generales y Unidades que lo conforman y por un Jefe que es nombrado y removido por el Presidente de la República. El Jefe del SAT es el enlace entre la institución y las demás entidades gubernamentales, tanto de carácter federal, estatal, como municipal, y de los sectores social y privado en las funciones encomendadas al propio SAT.

 

De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 9º del Título Segundo, Capítulo II de la LSAT, la Junta de Gobierno está integrada por:

 

 

Así mismo, conforme al Artículo 10, la Junta de Gobierno tiene las atribuciones siguientes:

 

I. Opinar y coadyuvar con las autoridades competentes de la SHCP, en la elaboración de las medidas de política fiscal y aduanera necesarias para la formulación y ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas sectoriales, así como llevar a cabo los programas especiales y los asuntos que el propio Secretario de Hacienda y Crédito Público le encomiende ejecutar y coordinar en esas materias;

 

II. Someter a la consideración de las autoridades competentes de la SHCP su opinión sobre los proyectos de iniciativas de ley, decretos, acuerdos, órdenes, resoluciones administrativas y disposiciones de carácter general que en las materias fiscal y aduanera corresponda expedir o promover a la propia Secretaría;

 

III. Aprobar los programas y presupuestos del SAT, así como sus modificaciones, en los términos de la legislación aplicable y de acuerdo con los lineamientos previstos en el artículo 5o., fracción IV;

 

IV. Aprobar la estructura orgánica básica del SAT y las modificaciones que procedan a la misma, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, así como el anteproyecto de Reglamento Interior del SAT y sus modificaciones correspondientes;

 

V. Examinar y, en su caso, aprobar los informes generales y especiales que someta a su consideración el Jefe del SAT;

 

VI. Estudiar y, en su caso, aprobar todas aquellas medidas que, a propuesta del Jefe del SAT, incrementen la eficiencia en la operación de la administración tributaria y en el servicio de orientación al contribuyente para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales;

 

VII. Aprobar el programa anual de mejora continua, establecer y dar seguimiento a las metas relativas a aumentar la eficiencia en la administración tributaria y mejorar la calidad del servicio a los contribuyentes.

 

El programa anual de mejora continua deberá contener indicadores de desempeño para medir lo siguiente:

 

a) El incremento en la recaudación por mejoras en la administración tributaria.

 

b) El incremento en la recaudación por aumentos en la base de contribuyentes.

 

c)  El incremento en la recaudación por combate a la evasión de impuestos.

 

d) El incremento en la recaudación por una mejor percepción de la efectividad del SAT por parte de los contribuyentes.

 

e) La disminución del costo de operación por peso recaudado.

 

f)  La disminución del costo de cumplimiento de obligaciones por parte de los contribuyentes.

 

g) La disminución del tiempo de cumplimiento de obligaciones por parte de los contribuyentes.

 

VIII. Analizar las propuestas sobre mejora continua que incluyan los aspectos relacionados con la disminución de los costos de recaudación, la lucha contra la evasión, la elusión, el contrabando y la corrupción, la mejor atención al contribuyente, la seguridad jurídica de la recaudación y del contribuyente, la rentabilidad de la fiscalización y la simplificación administrativa y reducción de los costos de cumplimiento, que sean elaboradas por las unidades administrativas del SAT;

 

IX. Proponer a la SHCP, como responsable de la política de ingresos, los cambios a la legislación pertinentes para la mejora continua de la administración tributaria;

 

X. Las demás que sean necesarias para llevar a cabo las previstas en esta Ley, su reglamento interior y demás disposiciones jurídicas aplicables.

 

 

 

 

 

Régimen Jurídico

 

La LSAT del 15 de diciembre de 1995 está vigente y la última reforma fue publicada en el DOF del 4 de diciembre de 2018.

 

Esta Ley se complementa con el RISAT y la última actualización fue el 21 de diciembre de 2021.

 

Régimen fiscal

 

El régimen fiscal del SAT es “Personas Morales con Fines no Lucrativos”. Por su estructura jurídica y actividades está sujeto a las siguientes obligaciones:

 

a)    Ley del Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)

 

De conformidad con lo establecido en la Ley del ISSSTE, el SAT está obligado a determinar y enterar las cuotas y aportaciones de los trabajadores al servicio del estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de dicha Ley.

 

b)   Impuesto sobre la renta

 

De conformidad con lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), Título III del Régimen de las personas morales con fines no lucrativos, el SAT, no está sujeto a este gravamen en su calidad de contribuyente, sólo le resulta aplicable dicha legislación en su carácter de retenedor por los pagos derivados de la prestación de servicios personales subordinados, erogaciones asimilables a sueldos y actividades empresariales y profesionales relacionadas con la contratación con personas físicas por servicios profesionales independientes o el uso o goce temporal de bienes y otras erogaciones por la prestación de servicios o adquisición de bienes por los cuales deba de hacer una retención.

 

c)    Impuesto al valor agregado

 

De conformidad con la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), el SAT se encuentra exento por tratarse de una institución pública, sólo le resulta aplicable en su carácter de retenedor en ciertas operaciones realizadas con personas físicas y morales.

 

d)   Códigos estatales y/o locales

 

El SAT está obligado a cumplir con las disposiciones de carácter estatal y/o local en las Entidades Federativas en las que opera, en este sentido se encuentra obligado a presentar dictamen de impuestos locales y/o estatales, en los Estados de: Ciudad de México, Estado de México, Guerrero, Oaxaca, Quintana Roo, Veracruz, San Luis Potosí, Yucatán y Zacatecas.

 

 

15)  Bases de preparación de los Estados Financieros

 

Con la aprobación, por parte del Congreso de la Unión, de la fracción XXVIII del artículo 73 Constitucional, se otorgó la facultad al Poder Legislativo para expedir leyes que regulen la práctica contable en los tres órdenes de gobierno, estableciendo con ello, las bases jurídicas para la armonización contable y de sus cuentas públicas.

 

Con base en lo anterior, el 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el DOF la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) la cual entró en vigor el 1 de enero de 2009 y que tiene como objeto establecer los criterios generales que regirán la Contabilidad Gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, el registro y fiscalización de los activos, pasivos, ingresos, gastos y en general, contribuir a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingresos públicos. En su Artículo segundo transitorio se establece la instalación de un CONAC que será el órgano de coordinación para la armonización de la contabilidad gubernamental. La última Actualización a la LGCG fue publicada en DOF del 30 de enero de 2018.

 

La LGCG y el CONAC se rigen en el pilar fundamental de la armonización contable y la emisión de información financiera, con la finalidad de contar con la información homogénea de las finanzas públicas, que sea factible de ser comparada y analizada bajo criterios comunes, facilitando el escrutinio público y las tareas de fiscalización.

 

De acuerdo con lo anterior, el SAT prepara sus estados financieros de conformidad con las instrucciones sobre forma y términos en que los Entes Públicos del Sector Central deben llevar su contabilidad y que están contenidos en las disposiciones establecidas por el CONAC, conforme a lo dispuesto en el Manual de Contabilidad Gubernamental para el Poder Ejecutivo Federal (MCGPEF) emitido por la Unidad de Contabilidad Gubernamental de la SHCP, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como su Reglamento y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

A continuación, se resumen las principales políticas contables utilizadas en la elaboración de los estados financieros del SAT:

 

a)    Reconocimiento de los efectos de la inflación en la información financiera

 

Los estados financieros se presentan sobre la base de valor histórico, la cual no reconoce los efectos de la inflación en la información financiera, en virtud de que la SHCP no ha emitido los ordenamientos jurídicos, técnicos y normativos que resulten aplicables.

 

 

 

 

 

 

 

 

b)   Disponible

 

Este rubro se integra de los saldos en las cuentas bancarias, así como de las aportaciones pendientes de recibir por parte de la TESOFE, en apego al Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF).

 

c)    Deudores diversos

 

La cuenta refleja los gastos menores, viáticos y pasajes, y anticipos a empleados, pendientes de comprobar.

 

d)   Almacenes

 

Las adquisiciones se registran a valor de adquisición y son valuadas a precios promedio de conformidad con lo dispuesto en el “Oficio Circular 309.-A 0035/2008 mediante el cual se les informa a los oficiales mayores de las dependencias de la Administración Pública Federal el método aplicable para la valuación de inventarios”, publicado en el DOF el 5 de marzo de 2008.

 

e)   Inmuebles, maquinarias y equipos

 

Los inmuebles, maquinaria y equipo se reconocen a su valor de adquisición. En el caso de donaciones al valor establecido en las actas de donación y de aquellos cuyo valor se encontraba entre $ 0.00 y $ 100.99 se les asignó un valor de uso; su afectación es reconocida en el patrimonio en el ejercicio en que se realizan. Adicionalmente, los bienes inmuebles se encuentran actualizados mediante la realización de avalúos paramétricos.

 

f)    Acreedores diversos

 

Los pasivos se reconocen de acuerdo al postulado base en devengado, es decir, las transacciones de gasto se reconocerán conforme a la fecha de su realización, independientemente de su pago.

 

g)   Obligaciones laborales

 

Los compromisos por pensiones al retiro de los trabajadores son asumidos totalmente por el ISSSTE y no existe la obligación de pagar primas de antigüedad, derivado de que la pensión de los funcionarios que se retiran, es cubierta por este Instituto.

 

h)   Estado de flujos de efectivo

 

A partir del 1 de enero de 2009 el SAT adoptó la NIFB 002 Estado de flujo de efectivo, por lo que se incluye de acuerdo al formato establecido en dicha norma.

 

 

 

 

16)  Posición en Moneda Extranjera y Protección por riesgo cambiario.

 

La información que se presenta es en pesos y no se realizan operaciones en moneda extranjera.

 

17)  Reporte Analítico del Activo.

 

De conformidad con lo establecido en la LGCG y en los pronunciamientos emitidos por el CONAC, el SAT estuvo en espera de que la Unidad de Contabilidad Gubernamental emita los lineamientos correspondientes, para dar cumplimiento a lo establecido en las “Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio”. Dichas Reglas, establecen en su inciso “B”, punto 6 “depreciación, deterioro, amortización, del ejercicio y acumulada de bienes”, la revisión entre otros, de la vida útil de los bienes y su deterioro, la cual deberá realizarse a través de una autoridad competente que autorice la vida útil estimada del bien o grupo de bienes y deberá contar con un dictamen técnico, peritaje obtenido o estudio realizado, que considere según corresponda, los elementos anteriormente mencionados.

 

Al respecto, el 16 de mayo del 2013, el CONAC emitió el ACUERDO 1, en el cual se establece que el plazo para cumplir la meta en cuanto a realizar los registros contables con base en las Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio sería hasta el 31 de diciembre del 2014, plazo que se ratificó en el documento que, de igual forma, fue emitido por dicho Consejo: “ACUERDO por el que se determinó la norma de información financiera para precisar los alcances del Acuerdo 1 aprobado por dicho Consejo Nacional de Amortización Contable, en reunión del 3 de mayo de 2013 y publicado el 16 de mayo de 2013”, publicado en el DOF el día 8 de agosto del mismo año.

 

Es importante señalar, que la Unidad de Contabilidad Gubernamental (UCG) de la SHCP emitió pronunciamiento sobre el tema de la depreciación, mismo que se encuentra en la Notas a los Estados Financieros del Poder Ejecutivo Federal, correspondientes a la Cuenta de la Hacienda Pública Federal de 2013, que señala lo siguiente:

 

“En las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable, se definió como vida útil de un activo, al período durante el que se espera utilizar el activo por parte del ente público, en este mismo documento se menciona que se considerará que un activo tiene una vida útil indefinida cuando, sobre la base de un análisis de todos los factores relevantes, no exista un límite previsible al período a lo largo del cual se espera que el activo genere rendimientos económicos o potencial de servicio para el ente público, o a la utilización en la producción de bienes y servicios públicos. Con base en estas reglas, el Poder Ejecutivo determinó que bienes tienen una vida útil indefinida, por lo cual no se deprecian.”

 

 

 

 

 

18) Fideicomisos, Mandatos y Análogos.

 

                   Fideicomiso de Administración y Pago Número 80775 (FAPA)

 

El 25 de noviembre de 2021, se formalizó la Constitución del Fideicomiso de Administración y Pago Número 80775 (FAPA), entre la SHCP, en su carácter de Fideicomitente única de la Administración Pública Centralizada y la Fiduciaria, Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, con la participación del SAT, en su carácter de Unidad Responsable del Fideicomiso. Este Fideicomiso es público cuyos fines son que la Fiduciaria, previa instrucción del Comité Técnico y de conformidad con las disposiciones aplicables, realice los pagos a los particulares autorizados por el SAT, para prestar los servicios relativos a las operaciones que este OAD apruebe, relacionadas con contribuciones federales, incluso las que se causen con motivo de los trámites aduaneros, de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley Aduanera. Durante 2021 se recibieron ingresos presupuestales por un mil pesos, para aportar a dicho Fideicomiso.

 

19)  Reporte de la Recaudación.

 

No aplica. El presupuesto que recibe el SAT para la realización de sus funciones es a través del PEF, la recaudación que se lleva a cabo, solamente es una función que desempeña en servicio a la SHCP.

 

20)Información sobre la Deuda y el Reporte Analítico de la Deuda.

 

No aplica. El SAT no tiene la facultad de solicitar préstamos. Sus recursos son vía PEF.

 

21)  Calificaciones Otorgadas.

 

No aplica.

 

22) Proceso de Mejora.

 

En el ejercicio pasado no se detectaron áreas de oportunidad, derivadas de la revisión.

 

23) Información por Segmentos.

 

No aplica. La información se presenta de manera consolidada.

 

24)        Eventos Posteriores al Cierre.

 

No se registraron eventos significativos posteriores al cierre del ejercicio 2023 y a la fecha de emisión de los estados financieros adjuntos.

 

 

25)        Partes Relacionadas.

 

No existen partes relacionadas que pudieran ejercer influencia significativa sobre la toma de decisiones financieras y operativas.

 

26)        Responsabilidad sobre la Presentación Razonable de la Información Contable.

 

No Aplica por ser información contable consolidada.

 

 


 

INFORME SOBRE PASIVOS CONTINGENTES

AL 31 DE DICIEMBRE DE 2023

 

Anexo 9

 

 

Marzo 19 de 2024.

 

 

A la Secretaría de la Función Pública

A la Junta de Gobierno del SAT

 

A continuación, se mencionan los principales pasivos contingentes con los que cuenta el Servicio de Administración Tributaria, al 31 de diciembre de 2023.

 

 

OBLIGACIONES LABORALES

 

$ 2,009,153,966

 

 

FONDOS Y BIENES DE TERCEROS EN GARANTÍA Y/O ADMINISTRACIÓN A LARGO PLAZO.

                                                                

$ 0.

 

PROVISIONES A LARGO PLAZO

 

$ 0.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Funcionario Autoriza

Lic. Paloma Rachel Aguilar Correa

Administradora General de Recursos y Servicios

 

 

Funcionario Revisa

Lic. César Abraham Garnelo Granados

Administrador Central de Recursos Financieros

 

 

Funcionario Elabora

L.C. María de Lourdes Zepeda Pineda

Administradora de Recursos Financieros “3”

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

REPORTE SOBRE PATRIMONIO

AL 31 DE DICIEMBRE DE 2023

 

Anexo 10

 

 

Marzo 19 de 2024.

 

A la Secretaría de la Función Pública

A la Junta de Gobierno del SAT

 

A continuación, se menciona el porcentaje del Patrimonio que es propiedad del Poder Ejecutivo.

 

 

 

Importe

 

 

Total de Patrimonio del Servicio de Administración Tributaria (SAT)

$12,630,106,040

% del Patrimonio del SAT que es propiedad del Poder Ejecutivo

100%

Patrimonio del SAT que es propiedad del Poder Ejecutivo

$12,630,106,040

 

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Funcionario Autoriza

Lic. Paloma Rachel Aguilar Correa

 Administradora General de Recursos y Servicios

 

Funcionario Revisa

Lic. César Abraham Garnelo Granados

Administrador Central de Recursos Financieros

 

 

Funcionario Elabora

L.C. María de Lourdes Zepeda Pineda

Administradora de Recursos Financieros “3”