NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS AL 31
DE DICIEMBRE DE 2023 Y 2022
(Importes en pesos)
Notas de Desglose
I.
Notas
al Estado de Situación Financiera
Activo
Activo Circulante
1)
Efectivo
y Equivalentes:
Al 31 de diciembre de 2023 y 2022, el rubro de disponibilidades se
integra como sigue:
CONCEPTO |
|
|
2023 |
|
2022 |
Bancos |
|
|
$ 1 |
|
$ 1 |
Tesorería
de la Federación (TESOFE) (*) |
|
|
358,618,134 |
|
121,419,496 |
TOTAL NOTA 1 |
|
|
$358,618,135
|
|
$ 121,419,497 |
*
Corresponde a los Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores (ADEFAS),
pendientes de pago por la TESOFE al 31 de diciembre de 2023 y 2022,
respectivamente.
2)
Derechos
a recibir efectivo o equivalentes y Bienes o Servicios:
Deudores diversos:
Al
31 de diciembre de 2023 y 2022, esta cuenta se integra como sigue:
CONCEPTO |
|
2023 |
|
2022 |
Gastos pendientes de comprobar (viáticos) |
|
$223,766 |
|
$245,208 |
Gastos a comprobar (viáticos), de años anteriores |
|
559,973 |
|
754,541 |
Pagos especiales, de años anteriores |
|
20,549 |
|
20,549 |
Deudores Comprobación de Años Anteriores |
|
0 |
|
0 |
TOTAL NOTA 2 |
|
$ 804,288 |
|
$ 1,020,298 |
3)
Almacenes:
Al 31 de diciembre de 2023 y 2022, este rubro se integra como sigue:
CONCEPTO |
|
2023 |
|
2022 |
|
|||
Unidades administrativas regionales |
|
$ 25,350,411 |
|
$
25,506,812 |
|
|||
Almacén central |
|
3,943,029 |
|
3,612,324
|
||||
|
|
$ 29,293,440 |
|
$
29,119,136 |
|
|||
Los bienes que se encuentran en el almacén son principalmente
consumibles utilizados para la operación del Servicio de Administración
Tributaria (SAT).
4)
Otros
Activos Circulantes
Sin movimiento
5)
Activo
No Circulante
Bienes
Muebles, inmuebles e intangibles:
Al 31 de diciembre de 2023 y 2022, los bienes
muebles, inmuebles e intangibles se integran como sigue:
CONCEPTO |
|
2023 |
|
2022 |
Edificios
e instalaciones |
|
$ 8,753,471,936 |
|
$ 9,386,886,209 |
Equipo
de transporte terrestre |
|
145,773,012 |
|
167,381,234 |
Mobiliario
y equipo |
|
1,045,884,644 |
|
1,033,712,810 |
Armamento |
|
320,775,819 |
|
320,775,819 |
Maquinaria,
herramientas y aparatos |
|
108,753,808 |
|
101,501,985 |
Especies
menores, Piscícolas y de zoológico |
|
995,860 |
|
995,860 |
Terrenos |
|
2,258,550 |
|
1,549,478 |
Software |
|
2,221,950,377 |
|
2,221,950,377 |
Colecciones
científicas, artísticas y literarias |
|
144,306 |
|
144,306 |
TOTAL NOTA 5 |
|
$12,600,008,312 |
|
$ 13,234,898,078 |
Al 31 de diciembre de
2023, el rubro de Edificios e Instalaciones del SAT se decrementó en
$633,414,273, debido a la baja de un inmueble con valor de $12,766,820, ubicado
en Boulevard Bahía No. 230, entre Independencia y Juárez, Col. Centro,
C.P.77000, Municipio de Othón de Pompeyo Blanco, Chetumal, Quintana Roo, en
razón de haberse acreditado como propiedad del Estado de Quintana Roo;
asimismo, por el traspaso de 2 inmuebles al Instituto de Administración y
Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN) por un total de $948,073,752, que se
encuentran ubicados en Av. Paseo de la Reforma con números 211 y 213, Alcaldía
Cuauhtémoc, C.P. 06500; adicionalmente, por el decremento en el valor de 10 inmuebles
por un total de $146,295,321 y al incremento por $473,721,620 de 49 inmuebles, resultado
de la realización de avalúos paramétricos. La cuenta de Vehículos Terrestres,
Marítimos y Aéreos, presentó una disminución de $21,608,222, derivado de la transferencia
de bienes a la Agencia Nacional de Aduanas (ANAM). En el rubro de Mobiliario y
Equipo se registraron incrementos por $12,171,834, obtenidos de un total de
altas no presupuestales de bienes que entraron al SAT por $2,225,282, menos las bajas no presupuestales
por un valor de $915,386, por causas de inutilidad y siniestro, así como por el
alta derivada de la transferencia de bienes de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) al SAT por $519,281 y, por las adquisiciones
presupuestales por un valor de $10,342,657. El rubro de Maquinaria,
Herramientas y Aparatos presentó un incremento de $7,251,823, obtenido de un
total de altas no presupuestales de bienes por un valor de $7,492,401, menos
las bajas de bienes no presupuestales por inutilidad de $167,458, y a las bajas por transferencia a la
ANAM por $73,120. La cuenta de Terrenos registró un incremento por $709,072 resultado
del avalúo paramétrico emitido por el INDAABIN. Las cuentas de Colecciones Científicas, Artísticas y Literarias, Armamento,
Especies Menores, Software y Obras en Proceso, no presentaron movimientos
durante el ejercicio 2023.
Pasivo
Pasivo Circulante
6) Cuentas y Documentos por pagar:
Al 31 de diciembre de 2023 y 2022, este rubro se
integra como sigue:
CONCEPTO |
|
2023 |
|
2022 |
Acreedores
diversos y otros |
|
$ 116,837,485 |
|
$ 118,700,809 |
Impuestos
y Derechos por Pagar |
|
241,764,511 |
|
2,440,476 |
Sueldos
y salarios por pagar |
|
0 |
|
0 |
Descuentos
y Percepciones a Favor de Terceros |
|
16,138 |
|
278,211 |
Entidades y Dependencias Acreedoras |
|
1 |
|
1 |
TOTAL NOTA 6 |
|
$358,618,135 |
|
$121,419.497 |
II.
Notas
al Estado de Actividades
7) Ingresos y Otros Beneficios:
Al 31 de diciembre de 2023 y 2022, los ingresos son los siguientes:
Ingresos:
CONCEPTO |
|
2023 |
|
2022 |
Asignación
de recursos del Gobierno Federal: |
|
|
|
|
Transferencias
y CLC's de servicios personales |
|
$ 11,168,819,923 |
|
$ 10,602,659,066 |
Cuentas
por liquidar certificadas fondo rotatorio |
|
129,202,286 |
|
138,678,906 |
Cuentas
por liquidar certificadas impuestos de ley |
|
89,567,284 |
|
78,893,370 |
Cuentas
por liquidar certificadas gasto corriente |
|
793,342,417 |
|
1,385,970,591 |
Cuentas
por liquidar certificadas gasto de inversión |
|
- |
|
- |
Subtotal |
|
$12,180,931,910 |
|
$12,206,201,933 |
ADEFAS
pendientes de recibir |
|
358,618,134 |
|
121,419,496 |
|
|
$12,539,550,044 |
|
$12,327,621,429 |
Otros Ingresos:
CONCEPTO |
|
2023 |
|
2022 |
Consumo
de almacenes de años anteriores |
|
$ 13,989,373 |
|
$
8,299,707 |
Comprobación
de gasto de ejercicios anteriores |
|
582,741 |
|
2,302,153 |
|
|
$14,572,114 |
|
$10,601,860 |
8) Gastos y Otras Pérdidas:
Al 31 de diciembre de 2023 y 2022, los gastos se integran como sigue:
CONCEPTO |
|
2023 |
|
2022 |
Servicios
personales |
|
$10,638,957,424 |
|
$10,053,348,090 |
Materiales
y suministros |
|
54,197,413 |
|
134,877,730 |
Servicios
generales |
|
1,681,112,270 |
|
1,904,678,645 |
Transferencias,
asignaciones, subsidios y otras ayudas |
|
165,467,608 |
|
229,909,229 |
|
|
$ 12,539,734,715 |
|
$ 12,322,813,694 |
Gastos
de Inversión Pública no Capitalizable |
0 |
0 |
|
|||
|
$ 12,539,734,715 |
|
$ 12,322,813,694 |
|||
III.
Notas al Estado de
Variación en la Hacienda Pública
9) Patrimonio
Al 31 de diciembre de 2023 y 2022, el Patrimonio se
integra como sigue:
CONCEPTO |
|
2023 |
|
2022 |
Patrimonio
al inicio del ejercicio |
|
$12,912,153,690 |
|
$17,126,196,881 |
Resultado
de ejercicios anteriores |
|
352,883,822 |
|
337,079,122 |
Rectificación
a resultados a) |
|
142,965 |
|
395,105 |
(Decremento)/Incremento
al Patrimonio b) |
|
(645,232,423) |
|
(4,203,441,331) |
Decremento
al Patrimonio c) |
|
(14,572,114) |
|
(10,601,860) |
Aportaciones
del Gobierno Federal d) |
|
10,342,657 |
|
0 |
Resultado
del ejercicio e) |
|
14,387,443 |
|
15,409,595 |
|
|
$12,630,106,040 |
|
$ 13,265,037,512 |
a) Rectificación a resultados
Al 31 de diciembre
de 2023, el saldo de esta cuenta se presenta en $142,965 y al 31 de diciembre de 2022 en $395,105,
los cuales corresponden, a Observaciones de Glosa realizadas a los informes de comisión de ejercicios
anteriores.
b) Decremento/Incremento en el patrimonio
Al 31 de diciembre de 2023
el saldo de ($645,232,423) se integra por las cuentas de Variación en el Patrimonio que es el efecto neto de
los incrementos, decrementos a los Activos Fijos y la variación complementaria
patrimonial por ($644,506,200), así como a la Variación en Venta de Activos
Fijos por ($726,223) que se obtiene de la suma de los saldos de las cuentas de
Recuperación de Bienes Inventariables del año en curso y Pérdidas Diversas en
Activos Fijos del SAT.
Al 31 de diciembre de 2022
el saldo de ($4,203,441,331) se integra por las cuentas de Variación en el Patrimonio
que es el efecto neto de los incrementos, decrementos, pérdidas diversas
distintas a los Activos Fijos y la variación complementaria patrimonial por ($4,184,006,335),
así como a la Variación en Venta de Activos Fijos por ($19,434,996) que se
obtiene de la suma de los saldos de las cuentas de Recuperación de Bienes
Inventariables del año en curso y Pérdidas Diversas en Activos Fijos del SAT.
c) Decrementos en el patrimonio
El saldo de este concepto se integra de la
siguiente manera:
CONCEPTO |
|
2023 |
|
2022 |
Consumo
de existencias en almacenes de años anteriores |
|
$ (13,989,373) |
|
$ (8,299,707) |
Comprobación
de viáticos de ejercicios anteriores |
|
(582,741) |
|
(2,302,153) |
|
|
$ (14,572,114) |
|
$ (10,601,860) |
d) Aportaciones del gobierno federal
Al 31 de diciembre de 2023, se recibieron aportaciones
del Gobierno Federal por $10,342,657 de los cuales $882,086 corresponden al
Programa de Inversión de adquisiciones de Mobiliario y Equipo para la “Campaña
de Declaración Anual 2023”, así como al reemplazo de mobiliario que dejó de ser
útil para el SAT, como parte de la preservación de la imagen institucional en
diferentes Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente; y
$9,460,571 fueron aportados para la adquisición de aires acondicionados de
acuerdo con el “Programa de reemplazo de equipos de aire acondicionado para las
unidades administrativas del SAT”.
Al 31 de diciembre de 2022, no se recibieron aportaciones
del Gobierno Federal para la adquisición de inversión.
e) Resultado del ejercicio SAT
Al 31 de diciembre de 2023 y 31 de diciembre de 2022,
los resultados del ejercicio se presentaron en $14,387,443 y $15,409,595, respectivamente;
mostrando un decremento del 6.6% al comparar el ejercicio 2023 con el ejercicio
2022.
IV.
Notas al Estado de
Flujos de Efectivo
Al 31 de diciembre de 2023 y al 31 de diciembre de 2022, el Estado de Flujo
de Efectivo en la cuenta de efectivo y equivalentes se presenta así:
10)
Efectivo y Equivalentes:
CONCEPTO |
|
|
2023 |
|
2022 |
Bancos |
|
|
$ 1 |
|
$ 1 |
Tesorería
de la Federación (TESOFE) (*) |
|
|
358,618,134 |
|
121,419,496 |
|
|
|
$ 358,618,135 |
|
$ 121,419,497 |
* Corresponde a ADEFAS, pendientes de pago por la TESOFE al 31 de
diciembre de 2023.
V.
Conciliación entre los Ingresos Presupuestarios y
Contables, así como entre los Egresos Presupuestarios y los Gastos Contables
VI.
Notas de Memoria
(Cuentas de Orden)
Cuentas de Orden:
Al 31 de diciembre de 2023 y 2022, las cuentas de orden se integran como
sigue:
CONCEPTO |
|
2023 |
|
2022 |
|
Presupuesto
Autorizado |
|
$ 19,639,892,528 |
|
$ 23,156,147,170 |
|
Presupuesto
Ejercido |
|
( 17,518,884,684) |
|
( 19,129,185,647) |
|
Presupuesto
Comprometido |
|
( 2,121,007,844) |
|
( 3,886,530,485) |
|
Presupuesto
por Ejercer |
|
(0) |
|
(
140,431,038) |
|
Otras
Cuentas de Orden |
|
7,883,265,108 |
|
7,430,831,107 |
|
|
|
$ 7,883,265,108 |
|
$ 7,430,831,107 |
|
VII.
Notas de Gestión
Administrativa
11) Introducción
Los Estados Financieros del SAT se utilizan para la
auditoría externa designada por la Secretaría de la Función Pública y para su presentación
en las Sesiones de la Junta de Gobierno del SAT.
12)
Panorama económico y
financiero
El SAT realizó sus funciones bajo un entorno
económico y financiero nacional estable, en el cual no se observaron
acontecimientos significativos que influyeran de manera importante en el gasto.
13)
Autorización e
historia
El 15 de diciembre de 1995, se publicó la LSAT, mediante la cual se creó
el nuevo Órgano Administrativo Desconcentrado (OAD) como máxima autoridad
fiscal. En marzo de 1996 se autorizó y registró una nueva estructura orgánica
de la SHCP. En el ámbito de la Subsecretaría de Ingresos, se cambió la
denominación de la Administración General de Interventoría, Desarrollo y
Evaluación por Administración General de Información, Desarrollo y Evaluación,
y de la Dirección General de Política de Ingresos y Asuntos Fiscales
Internacionales por Dirección General de Política de Ingresos; se crearon las Direcciones
Generales de Interventoría y de Asuntos Fiscales Internacionales.
El 1 de julio de 1997, entró en funciones el OAD denominado SAT, cuyo
Reglamento Interior se publicó el 30 de junio de ese mismo año. Este Órgano
sustituyó en sus funciones a la Subsecretaría de Ingresos.
El 30 de abril de 2001, se publicó el Decreto mediante el cual se
reformó el artículo segundo del Reglamento Interior del Servicio de
Administración Tributaria (RISAT), que transfiere la Administración Central de
Investigación de Operaciones a la SHCP.
El 12 de junio de 2003, se publicó el Decreto que reforma la LSAT, en el
cual la Presidencia del SAT, modificó su denominación por Jefatura del SAT.
El 17 de junio de 2003, se reformó el RISAT, en el cual se transfirieron
los recursos materiales y financieros con que contaba la Administración General
del Destino de Bienes de Comercio Exterior propiedad del Fisco Federal, al
Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para realizar las
actividades de administración, enajenación y destrucción de mercancías de procedencia
extranjera que hayan pasado a propiedad del fisco federal.
El 6 de junio de 2005, se publicó un nuevo RISAT, para establecer en
forma clara las facultades y tareas que, como Institución, le encomienda la
Ley, motivo por el cual se ve modificada su estructura orgánica y mediante el
cual se específica la tarea que tiene cada Administración General, para lograr
así los Objetivos de la Institución.
El 12 de mayo de 2006, se publicó el Decreto por el que se reforma,
adiciona y deroga diversas disposiciones del RISAT, destacándose las
modificaciones de la Administración General de Innovación y Calidad, y la
creación de la Aduana de Guanajuato dentro de la estructura de la
Administración General de Aduanas, con lo que se llegó a un total de 49 Aduanas
en todo el país.
El 22 de octubre de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) un nuevo Reglamento Interior de este OAD, en el cual se dio un
paso fundamental en su proceso de transformación y formalizó la
reestructuración de las diferentes unidades administrativas que lo conformaban
en ese momento, a efecto de que las mismas trabajaran bajo un enfoque sistémico
y con una visión integral de sus procesos, en beneficio de la administración
tributaria de nuestro país.
Se presentaron los siguientes cambios en la estructura orgánica: cambia
el nombre de la Administración General de Asistencia al Contribuyente al de
General de Servicios al Contribuyente; al igual que la Administración General
de Innovación y Calidad ahora es la General de Recursos y Servicios; y se crea
la Administración General de Planeación que entre sus tareas tiene la de coordinar
la formulación e implantación de las acciones relacionadas con la planeación
estratégica del SAT e integrar los planes de trabajo, el programa anual de
mejora continua, así como las acciones para su instrumentación; implementar las
metodologías y herramientas necesarias para el análisis, evaluación,
coordinación, control y seguimiento de los proyectos comprendidos dentro del
plan estratégico; además de integrar los indicadores de desempeño; entre muchas
tareas más. Asimismo, desaparecieron la Unidad de Plan Estratégico y Mejora
Continua, la Unidad de Programas Especiales y las Administraciones Regionales
de Grandes Contribuyentes.
El 29 de abril de 2010, se publicó un nuevo Reglamento Interior de este OAD,
en el cual se agregan áreas necesarias que contribuyen a la operación de los
procesos del SAT, se modifican los nombres de algunas unidades administrativas
y se eliminan otras. Los cambios más representativos se encuentran en materia
Aduanera para emitir los lineamientos para la integración y funcionamiento del
Comité de Impuestos Internos y de Aduanas y Comercio Exterior, así como los
procedimientos para el análisis y discusión de políticas operativas y
administrativas en las materias de la competencia de cada uno de ellos. Además
de autorizar y en su caso cancelar, la exención de los impuestos al comercio
exterior por la entrada al territorio nacional de las mercancías que sean
donadas para ser destinadas a fines culturales, de enseñanza, de investigación,
de salud pública o de servicio social.
En materia Financiera podemos mencionar el establecer, de conformidad
con las disposiciones, las directrices para la contratación de la Obra Pública
y la Adquisición, Arrendamiento o Contratación de bienes y servicios que
requiera el SAT.
El 9 de abril de 2012, se publicó en el DOF una reforma a la LSAT,
mediante la cual se adiciona el capítulo II de la Evaluación de la Eficiencia
Recaudatoria y de Fiscalización, confiriéndole al SAT la función de
proporcionar información estadística en materia de recaudación y fiscalización
a la Secretaría de la Función Pública (SFP) y a la Entidad de Fiscalización
Superior de la Federación.
El 13 de julio de 2012, se publicó el Decreto por el que se reforman,
adicionan y derogan diversas disposiciones del RISAT, con objeto de alinear o
reordenar, con base en procesos las funciones de las unidades administrativas
adscritas, así como adecuar su estructura orgánica y administrativa.
Por otro lado, una de las modificaciones más significativas fue la de
diseñar, actualizar y aplicar la Normatividad interna en materia de Recursos
Humanos, Financieros y Materiales, inclusive de los Recursos de los
Fideicomisos Públicos en los que el SAT sea parte. Así como adoptar e
implementar conforme a las disposiciones que emita el Consejo Nacional de
Armonización Contable (CONAC), las normas y procedimientos para la operación
del Sistema de Contabilidad, del Presupuesto, Activos, Pasivos, Ingresos,
Costos y Gastos del SAT, además de la aplicación de los Recursos de los
Fideicomisos Públicos en los que dicho OAD participe, y remitir al Jefe del SAT
y a la SHCP los informes y Estados Financieros correspondientes.
El 30 de diciembre de 2013, se reformaron y
adicionaron diversas disposiciones del RISAT, con la finalidad de otorgar
facultades, atribuciones y funciones a las unidades administrativas y a los
Servidores Públicos de dicho OAD a fin de dar estricto cumplimiento a la “Ley
Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de
Procedencia Ilícita”; creándose para ello la Administración Central de Asuntos
Jurídicos de Actividades Vulnerables en la Administración General Jurídica;
confiriéndose facultades al Administrador Central de Asuntos Jurídicos de
Actividades Vulnerables para la resolución del recurso de revisión a que se
refiere el artículo 61 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de
Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.
De igual forma a los Administradores Locales
Jurídicos dentro de la circunscripción territorial que a cada uno le
corresponda, también se otorgan facultades a las siguientes Administraciones
Generales: de Servicios al Contribuyente, de Auditoría Fiscal Federal,
Jurídica, de Recaudación, de Comunicaciones y Tecnologías de la Información, así
como de Auditoría de Comercio Exterior; esto, con la finalidad de atender la
operación relativa a la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos
de Procedencia Ilícita.
El 4 de diciembre de 2018, se publicó en el DOF una reforma a la LSAT,
mediante la cual se reforman las fracciones II y IV del artículo 13 de la
citada Ley; dichas reformas hacen referencia a los requisitos que deberá cumplir
la persona a la que se le otorgue el nombramiento de Jefe del SAT.
14)
Organización
y Objeto Social
El 21 de diciembre de 2021 se publicó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan
diversas disposiciones del RISAT, quedando la estructura orgánica como sigue:
El 21 de diciembre de 2021, se
reformó el RISAT, en el cual se estableció que, para el ejercicio de las
atribuciones en materia aduanera que le otorgan las disposiciones jurídicas
aplicables, el SAT contará con el auxilio de la ANAM, de conformidad con lo
establecido en el Reglamento Interior de dicho OAD, derogándose la fracción II
del inciso B y el inciso D, del artículo segundo que señalaba a la
Administración General de Aduanas y a las Aduanas, como unidades
administrativas.
El SAT es un OAD de la SHCP que tiene la responsabilidad de aplicar la
legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y morales
contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público, de fiscalizar a
los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y
aduaneras, de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario, y de generar y
proporcionar la información necesaria para el diseño y la evaluación de la
política tributaria.
Del
patrimonio del SAT
El patrimonio del SAT
entre otros, lo constituyen los bienes muebles e inmuebles a excepción de los
provenientes de adjudicación o dación en pago de adeudos de contribuyentes, los
derechos de propiedad y posesión de los mismos que por justo título obren en
poder del SAT y los productos de cualquier clase que generen los bienes y
derechos patrimoniales. Cabe mencionar que los inmuebles que integran su
patrimonio tienen el carácter de bienes del dominio público de la Federación.
Asimismo, el patrimonio del SAT está conformado con los recursos
financieros y materiales, que en su momento le transfirió la Subsecretaría de
Ingresos y con los que anualmente recibe a través de la SHCP, en su carácter de
coordinadora sectorial.
De la
administración y vigilancia del SAT
El SAT está integrado por una Junta de Gobierno que constituye su órgano
principal de dirección, por las Administraciones Generales y Unidades que lo
conforman y por un Jefe que es nombrado y removido por el Presidente de la
República. El Jefe del SAT es el enlace entre la institución y las demás
entidades gubernamentales, tanto de carácter federal, estatal, como municipal,
y de los sectores social y privado en las funciones encomendadas al propio SAT.
De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 9º del Título Segundo,
Capítulo II de la LSAT, la Junta de Gobierno está integrada por:
Así mismo, conforme al Artículo 10, la Junta de
Gobierno tiene las atribuciones siguientes:
I. Opinar y coadyuvar con
las autoridades competentes de la SHCP, en la elaboración de las medidas de
política fiscal y aduanera necesarias para la formulación y ejecución del Plan
Nacional de Desarrollo y de los programas sectoriales, así como llevar a cabo
los programas especiales y los asuntos que el propio Secretario de Hacienda y
Crédito Público le encomiende ejecutar y coordinar en esas materias;
II. Someter a la
consideración de las autoridades competentes de la SHCP su opinión sobre los
proyectos de iniciativas de ley, decretos, acuerdos, órdenes, resoluciones
administrativas y disposiciones de carácter general que en las materias fiscal
y aduanera corresponda expedir o promover a la propia Secretaría;
III. Aprobar los programas y
presupuestos del SAT, así como sus modificaciones, en los términos de la
legislación aplicable y de acuerdo con los lineamientos previstos en el
artículo 5o., fracción IV;
IV. Aprobar la estructura
orgánica básica del SAT y las modificaciones que procedan a la misma, de
conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, así como el
anteproyecto de Reglamento Interior del SAT y sus modificaciones
correspondientes;
V. Examinar y, en su caso,
aprobar los informes generales y especiales que someta a su consideración el
Jefe del SAT;
VI. Estudiar y, en su caso, aprobar todas aquellas medidas que, a
propuesta del Jefe del SAT, incrementen la eficiencia en la operación de la
administración tributaria y en el servicio de orientación al contribuyente para
el cumplimiento de sus obligaciones fiscales;
VII. Aprobar el programa anual de mejora continua, establecer y dar
seguimiento a las metas relativas a aumentar la eficiencia en la administración
tributaria y mejorar la calidad del servicio a los contribuyentes.
El programa anual de mejora continua deberá contener indicadores de
desempeño para medir lo siguiente:
a) El incremento en la recaudación
por mejoras en la administración tributaria.
b) El incremento en la recaudación
por aumentos en la base de contribuyentes.
c) El incremento en la recaudación
por combate a la evasión de impuestos.
d) El incremento en la recaudación
por una mejor percepción de la efectividad del SAT por parte de los
contribuyentes.
e) La disminución del costo de
operación por peso recaudado.
f) La disminución del costo de
cumplimiento de obligaciones por parte de los contribuyentes.
g) La disminución del tiempo de
cumplimiento de obligaciones por parte de los contribuyentes.
VIII. Analizar las propuestas sobre mejora continua que incluyan los
aspectos relacionados con la disminución de los costos de recaudación, la lucha
contra la evasión, la elusión, el contrabando y la corrupción, la mejor
atención al contribuyente, la seguridad jurídica de la recaudación y del
contribuyente, la rentabilidad de la fiscalización y la simplificación
administrativa y reducción de los costos de cumplimiento, que sean elaboradas
por las unidades administrativas del SAT;
IX. Proponer a la SHCP, como responsable de la política de ingresos, los
cambios a la legislación pertinentes para la mejora continua de la
administración tributaria;
X. Las demás que sean necesarias para llevar a cabo las previstas en
esta Ley, su reglamento interior y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Régimen Jurídico
La LSAT del 15 de diciembre de 1995 está vigente y la última reforma fue
publicada en el DOF del 4 de diciembre de 2018.
Esta Ley se complementa con el RISAT y la última actualización fue el 21
de diciembre de 2021.
Régimen fiscal
El régimen fiscal del SAT es “Personas Morales con Fines no Lucrativos”.
Por su estructura jurídica y actividades está sujeto a las siguientes obligaciones:
a)
Ley del Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores
del Estado (ISSSTE)
De conformidad con lo establecido en la Ley del ISSSTE, el SAT está
obligado a determinar y enterar las cuotas y aportaciones de los trabajadores
al servicio del estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de
dicha Ley.
b)
Impuesto sobre la renta
De conformidad con lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta
(LISR), Título III del Régimen de las personas morales con fines no lucrativos,
el SAT, no está sujeto a este gravamen en su calidad de contribuyente, sólo le
resulta aplicable dicha legislación en su carácter de retenedor por los pagos
derivados de la prestación de servicios personales subordinados, erogaciones
asimilables a sueldos y actividades empresariales y profesionales relacionadas
con la contratación con personas físicas por servicios profesionales
independientes o el uso o goce temporal de bienes y otras erogaciones por la
prestación de servicios o adquisición de bienes por los cuales deba de hacer
una retención.
c)
Impuesto al valor agregado
De conformidad con la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), el SAT
se encuentra exento por tratarse de una institución pública, sólo le resulta
aplicable en su carácter de retenedor en ciertas operaciones realizadas con
personas físicas y morales.
d) Códigos estatales y/o
locales
El SAT está obligado a cumplir con las disposiciones de carácter estatal
y/o local en las Entidades Federativas en las que opera, en este sentido se
encuentra obligado a presentar dictamen de impuestos locales y/o estatales, en
los Estados de: Ciudad de México, Estado de México, Guerrero, Oaxaca, Quintana
Roo, Veracruz, San Luis Potosí, Yucatán y Zacatecas.
15) Bases de preparación de los Estados
Financieros
Con la aprobación, por parte del Congreso de la Unión, de la fracción
XXVIII del artículo 73 Constitucional, se otorgó la facultad al Poder
Legislativo para expedir leyes que regulen la práctica contable en los tres
órdenes de gobierno, estableciendo con ello, las bases jurídicas para la
armonización contable y de sus cuentas públicas.
Con base en lo anterior, el 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el DOF
la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) la cual entró en vigor el 1
de enero de 2009 y que tiene como objeto establecer los criterios generales que
regirán la Contabilidad Gubernamental y la emisión de información financiera de
los entes públicos, el registro y fiscalización de los activos, pasivos,
ingresos, gastos y en general, contribuir a medir la eficacia, economía y
eficiencia del gasto e ingresos públicos. En su Artículo segundo transitorio se
establece la instalación de un CONAC que será el órgano de coordinación para la
armonización de la contabilidad gubernamental. La última Actualización a la LGCG
fue publicada en DOF del 30 de enero de 2018.
La LGCG y el CONAC se rigen en el pilar fundamental de la armonización
contable y la emisión de información financiera, con la finalidad de contar con
la información homogénea de las finanzas públicas, que sea factible de ser
comparada y analizada bajo criterios comunes, facilitando el escrutinio público
y las tareas de fiscalización.
De acuerdo con lo anterior, el SAT prepara sus estados financieros de
conformidad con las instrucciones sobre forma y términos en que los Entes
Públicos del Sector Central deben llevar su contabilidad y que están contenidos en las disposiciones
establecidas por el CONAC, conforme a lo dispuesto en el Manual de Contabilidad Gubernamental
para el Poder Ejecutivo Federal (MCGPEF) emitido por la Unidad de Contabilidad
Gubernamental de la SHCP, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, así como su Reglamento y la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal.
A continuación, se
resumen las principales políticas contables utilizadas en la elaboración de los
estados financieros del SAT:
a) Reconocimiento de los efectos de la
inflación en la información financiera
Los estados financieros se presentan sobre la base
de valor histórico, la cual no reconoce los efectos de la inflación en la
información financiera, en virtud de que la SHCP no ha emitido los
ordenamientos jurídicos, técnicos y normativos que resulten aplicables.
b) Disponible
Este rubro se integra de los saldos en las cuentas
bancarias, así como de las aportaciones pendientes de recibir por parte de la
TESOFE, en apego al Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF).
c) Deudores diversos
La cuenta refleja los gastos menores, viáticos y
pasajes, y anticipos a empleados, pendientes de comprobar.
d) Almacenes
Las adquisiciones se registran a valor de
adquisición y son valuadas a precios promedio de conformidad con lo dispuesto
en el “Oficio Circular 309.-A 0035/2008
mediante el cual se les informa a los oficiales mayores de las dependencias de
la Administración Pública Federal el método aplicable para la valuación de
inventarios”, publicado en el DOF el 5 de marzo de 2008.
e) Inmuebles, maquinarias y equipos
Los inmuebles, maquinaria y equipo se reconocen a su valor de
adquisición. En el caso de donaciones al valor establecido en las actas de
donación y de aquellos cuyo valor se encontraba entre $ 0.00 y $ 100.99 se les
asignó un valor de uso; su afectación es reconocida en el patrimonio en el
ejercicio en que se realizan. Adicionalmente, los bienes inmuebles se
encuentran actualizados mediante la realización de avalúos paramétricos.
f) Acreedores diversos
Los pasivos se
reconocen de acuerdo al postulado base en devengado, es decir, las transacciones de
gasto se reconocerán conforme a la fecha de su realización, independientemente
de su pago.
g) Obligaciones laborales
Los compromisos por
pensiones al retiro de los trabajadores son asumidos totalmente por el ISSSTE y
no existe la obligación de pagar primas de antigüedad, derivado de que la
pensión de los funcionarios que se retiran, es cubierta por este Instituto.
h) Estado de flujos de efectivo
A partir del 1 de
enero de 2009 el SAT adoptó la NIFB 002 Estado de flujo de efectivo, por lo que
se incluye de acuerdo al formato establecido en dicha norma.
16) Posición en Moneda Extranjera y
Protección por riesgo cambiario.
La información que se
presenta es en pesos y no se realizan operaciones en moneda extranjera.
17) Reporte Analítico del Activo.
De conformidad con lo establecido en la LGCG y en los pronunciamientos
emitidos por el CONAC, el SAT estuvo en espera de que la Unidad de Contabilidad
Gubernamental emita los lineamientos correspondientes, para dar cumplimiento a lo
establecido en las “Principales Reglas de Registro y Valoración del
Patrimonio”. Dichas Reglas, establecen en su inciso “B”, punto 6 “depreciación,
deterioro, amortización, del ejercicio y acumulada de bienes”, la revisión
entre otros, de la vida útil de los bienes y su deterioro, la cual deberá
realizarse a través de una autoridad competente que autorice la vida útil
estimada del bien o grupo de bienes y deberá contar con un dictamen técnico,
peritaje obtenido o estudio realizado, que considere según corresponda, los
elementos anteriormente mencionados.
Al respecto, el 16 de mayo del 2013, el CONAC
emitió el ACUERDO 1, en el cual se establece que el plazo para cumplir la meta
en cuanto a realizar los registros contables con base en las Reglas de Registro
y Valoración del Patrimonio sería hasta el 31 de diciembre del 2014, plazo que
se ratificó en el documento que, de igual forma, fue emitido por dicho Consejo:
“ACUERDO por el que se determinó la norma de información financiera para
precisar los alcances del Acuerdo 1 aprobado por dicho Consejo Nacional de
Amortización Contable, en reunión del 3 de mayo de 2013 y publicado el 16 de
mayo de 2013”, publicado en el DOF el día 8 de agosto del mismo año.
Es importante señalar, que la Unidad de Contabilidad
Gubernamental (UCG) de la SHCP emitió pronunciamiento sobre el tema de la
depreciación, mismo que se encuentra en la Notas a los Estados Financieros del
Poder Ejecutivo Federal, correspondientes a la Cuenta de la Hacienda Pública
Federal de 2013, que señala lo siguiente:
“En las Reglas Específicas
del Registro y Valoración del Patrimonio emitidas por el Consejo Nacional de
Armonización Contable, se definió como vida útil de un activo, al período
durante el que se espera utilizar el activo por parte del ente público, en este mismo documento
se menciona que se considerará que un activo tiene una vida útil indefinida
cuando, sobre la base de un análisis de todos los factores relevantes, no
exista un límite previsible al período a lo largo del cual se espera que el
activo genere rendimientos económicos o potencial de servicio para el ente
público, o a la utilización en la producción de bienes y servicios públicos.
Con base en estas reglas, el Poder Ejecutivo determinó que bienes tienen una vida
útil indefinida, por lo cual no se deprecian.”
18) Fideicomisos, Mandatos y Análogos.
Fideicomiso de Administración y Pago Número
El 25 de
noviembre de 2021, se formalizó la Constitución del Fideicomiso de
Administración y Pago Número 80775 (FAPA), entre la SHCP, en su carácter de
Fideicomitente única de la Administración Pública Centralizada y la Fiduciaria,
Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, con la
participación del SAT, en su carácter de Unidad Responsable del Fideicomiso.
Este Fideicomiso es público cuyos fines son que la Fiduciaria, previa
instrucción del Comité Técnico y de conformidad con las disposiciones
aplicables, realice los pagos a los particulares autorizados por el SAT, para
prestar los servicios relativos a las operaciones que este OAD apruebe,
relacionadas con contribuciones federales, incluso las que se causen con motivo
de los trámites aduaneros, de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de
la Ley Aduanera. Durante 2021 se recibieron ingresos presupuestales por un mil
pesos, para aportar a dicho Fideicomiso.
19) Reporte de la Recaudación.
No aplica. El presupuesto que recibe el SAT para la realización de sus
funciones es a través del PEF, la recaudación que se lleva a cabo, solamente es
una función que desempeña en servicio a la SHCP.
20)Información sobre la Deuda y el Reporte Analítico de la Deuda.
No aplica. El SAT no tiene la facultad de solicitar préstamos. Sus
recursos son vía PEF.
21) Calificaciones Otorgadas.
No aplica.
22) Proceso de Mejora.
En
el ejercicio pasado no se detectaron áreas de oportunidad, derivadas de la
revisión.
23) Información por Segmentos.
No aplica.
La información se presenta de manera consolidada.
24)
Eventos
Posteriores al Cierre.
No
se registraron eventos significativos posteriores al cierre del ejercicio 2023 y
a la fecha de emisión de los estados financieros adjuntos.
25)
Partes
Relacionadas.
No
existen partes relacionadas que pudieran ejercer influencia significativa sobre
la toma de decisiones financieras y operativas.
26)
Responsabilidad
sobre la Presentación Razonable de la Información Contable.
No
Aplica por ser información contable consolidada.
INFORME
SOBRE PASIVOS CONTINGENTES
AL 31
DE DICIEMBRE DE 2023
Anexo
9
Marzo 19 de 2024.
A la
Secretaría de la Función Pública
A la
Junta de Gobierno del SAT
A continuación, se mencionan los principales
pasivos contingentes con los que cuenta el Servicio de Administración
Tributaria, al 31 de diciembre de 2023.
OBLIGACIONES
LABORALES
$ 2,009,153,966
FONDOS
Y BIENES DE TERCEROS EN GARANTÍA Y/O ADMINISTRACIÓN A LARGO PLAZO.
$ 0.
PROVISIONES
A LARGO PLAZO
$ 0.
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Funcionario Autoriza
Lic.
Paloma Rachel Aguilar Correa Administradora
General de Recursos y Servicios |
|
Funcionario
Revisa Lic.
César Abraham Garnelo Granados Administrador
Central de Recursos Financieros |
|
Funcionario
Elabora L.C.
María de Lourdes Zepeda Pineda Administradora
de Recursos Financieros “3” |
REPORTE
SOBRE PATRIMONIO
AL 31
DE DICIEMBRE DE 2023
Anexo
10
Marzo 19 de 2024.
A la
Secretaría de la Función Pública
A la
Junta de Gobierno del SAT
A continuación, se menciona el porcentaje del
Patrimonio que es propiedad del Poder Ejecutivo.
|
Importe |
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Total de Patrimonio del Servicio de Administración Tributaria (SAT) |
$12,630,106,040 |
% del Patrimonio del SAT que es propiedad del Poder Ejecutivo |
100% |
Patrimonio del SAT que es propiedad del Poder Ejecutivo |
$12,630,106,040 |
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|
|
Funcionario Autoriza
Lic. Paloma Rachel Aguilar Correa Administradora
General de Recursos y Servicios |
|
Funcionario
Revisa Lic.
César Abraham Garnelo Granados Administrador
Central de Recursos Financieros |
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Funcionario
Elabora L.C.
María de Lourdes Zepeda Pineda Administradora
de Recursos Financieros “3” |